El Régimen TRADE: La Guía Definitiva para Autónomos Económicamente Dependientes
Tiempo de lectura: 12 minutos
Índice de contenidos
- ¿Qué es un autónomo TRADE y cómo se diferencia del autónomo tradicional?
- Requisitos específicos para acogerse al régimen TRADE
- Ventajas e inconvenientes del régimen TRADE
- El contrato TRADE: características esenciales y negociación
- Fiscalidad y tributación específica del autónomo TRADE
- Casos prácticos: Experiencias reales con el régimen TRADE
- ¿Cómo resolver conflictos como autónomo TRADE?
- Preguntas frecuentes
¿Qué es un autónomo TRADE y cómo se diferencia del autónomo tradicional?
Quizás te encuentres en esa zona gris donde no eres completamente independiente pero tampoco un asalariado. Tranquilo, no estás solo. El régimen de Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE) fue creado específicamente para abordar esta realidad laboral cada vez más común.
Un TRADE es un profesional autónomo que genera al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente. Esta figura, regulada por la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo, busca proporcionar mayor protección a quienes, siendo formalmente autónomos, dependen económicamente de una sola empresa.
Principales diferencias con el autónomo tradicional
Característica | Autónomo tradicional | Autónomo TRADE |
---|---|---|
Dependencia económica | Diversificación de clientes | Al menos 75% de ingresos de un cliente principal |
Tipo de contrato | Relación mercantil sin contrato específico | Contrato TRADE obligatorio y registrado |
Vacaciones | Sin derecho reconocido | 18 días hábiles mínimos anuales |
Indemnización por cese | No contemplada | Posible indemnización según contrato |
Resolución de conflictos | Vía mercantil | Juzgados de lo Social |
Como me comentaba Sara Valiente, asesora especializada en autónomos: «El TRADE representa un punto intermedio necesario en nuestro mercado laboral. No es ni un falso autónomo ni un autónomo puro, sino una categoría específica que reconoce la dependencia económica sin convertir la relación en laboral».
El origen de esta figura legal
La figura del TRADE surgió en 2007 como respuesta a una realidad del mercado laboral: muchos profesionales trabajaban con autonomía organizativa pero dependían principalmente de un cliente. Antes de su regulación, estos trabajadores quedaban desprotegidos ante la terminación unilateral de contratos o condiciones abusivas.
Sin embargo, cuidado: el régimen TRADE no debe confundirse con una solución para encubrir relaciones laborales (los llamados «falsos autónomos»). La diferencia fundamental radica en la autonomía organizativa: un TRADE decide cómo, cuándo y dónde realiza su trabajo, aunque dependa económicamente de un cliente principal.
Requisitos específicos para acogerse al régimen TRADE
No cualquier autónomo puede convertirse en TRADE. La legislación establece condiciones estrictas para evitar el uso fraudulento de esta figura:
- Dependencia económica: Al menos el 75% de tus ingresos deben provenir de un único cliente.
- No tener trabajadores a cargo ni subcontratar parte de la actividad contratada con el cliente principal.
- Disponer de infraestructura y materiales propios necesarios para realizar tu actividad.
- Desarrollar la actividad con criterios organizativos propios, sin perjuicio de las indicaciones técnicas del cliente.
- Percibir una contraprestación económica en función del resultado, asumiendo el riesgo empresarial.
- No ser titular de establecimientos comerciales abiertos al público.
El proceso de registro como TRADE
Si cumples los requisitos, estos son los pasos para formalizar tu condición:
- Alta como autónomo: Si no lo estás ya, debes darte de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
- Comunicación al cliente: Informar formalmente a tu cliente principal de tu condición de TRADE.
- Formalización del contrato: Firmar un contrato TRADE específico que recoja las particularidades de la relación.
- Registro del contrato: En los 10 días siguientes a la firma, registrar el contrato en el SEPE o en el registro habilitado por tu comunidad autónoma.
Un error común es creer que basta con cumplir los requisitos para ser considerado TRADE. Como me explicaba Javier Martínez, abogado laboralista: «Sin contrato TRADE registrado, no hay protección TRADE. He visto muchos casos de autónomos que cumplían todas las condiciones pero, al no haber formalizado el contrato, no pudieron reclamar sus derechos específicos cuando surgieron problemas».
Caso real: Laura, traductora especializada, generaba el 85% de sus ingresos de una editorial. Cuando ésta prescindió de sus servicios sin previo aviso, Laura descubrió que, a pesar de cumplir los requisitos como TRADE, no podía reclamar indemnización al no haber formalizado nunca el contrato específico. Esta experiencia le costó varios meses de inestabilidad económica.
Ventajas e inconvenientes del régimen TRADE
Como toda opción profesional, el régimen TRADE conlleva luces y sombras que conviene valorar antes de dar el paso:
Ventajas significativas
- Mayor protección jurídica: Derecho a indemnización por finalización injustificada del contrato.
- Derecho a 18 días mínimos de vacaciones anuales (aunque sean no retribuidas).
- Posibilidad de acuerdos de interés profesional negociados por asociaciones de autónomos, similares a convenios colectivos.
- Acceso a la jurisdicción social para resolver conflictos, más ágil y menos costosa que la mercantil.
- Derecho a adaptar la jornada por conciliación familiar.
- Prestación por cese de actividad (el «paro de los autónomos») en condiciones más favorables.
Inconvenientes a considerar
- Limitación para diversificar clientes: Para mantener el status TRADE, debes seguir generando al menos el 75% de ingresos de un cliente, lo que aumenta tu vulnerabilidad.
- Restricción para contratar empleados o subcontratar la actividad principal.
- Posible reticencia del cliente principal a firmar un contrato TRADE por las obligaciones adicionales que asume.
- Pérdida de flexibilidad en comparación con el autónomo tradicional.
- Requisitos formales estrictos que pueden complicar la relación profesional.
Comparativa de la protección en diferentes regímenes laborales
Nivel de protección legal estimado según expertos en derecho laboral
El contrato TRADE: características esenciales y negociación
El contrato TRADE es el documento fundamental que regula la relación con tu cliente principal y garantiza tus derechos específicos. Veamos sus aspectos clave:
Contenido mínimo obligatorio
La ley establece que todo contrato TRADE debe incluir, como mínimo:
- Identificación de las partes.
- Objeto y causa del contrato (servicios a prestar).
- Contraprestación económica y forma de pago.
- Declaración del trabajador sobre su condición de económicamente dependiente.
- Duración del contrato (determinada o indefinida).
- Condiciones de la jornada, descansos y permisos.
- Causas de interrupción justificada de la actividad.
- Causas de extinción contractual.
- Indemnización por resolución anticipada sin causa justificada.
- Acuerdos de interés profesional aplicables (si existen).
«La principal diferencia entre un contrato de servicios normal y un contrato TRADE no está tanto en el contenido sino en las garantías que ofrece,» explica Marta Sánchez, consultora especializada en relaciones profesionales. «Un buen contrato TRADE bien negociado puede marcar la diferencia entre una relación profesional equilibrada y una potencialmente abusiva».
Estrategias de negociación efectivas
A menudo, los clientes son reacios a firmar contratos TRADE por desconocimiento o temor a asumir más obligaciones. Estas estrategias pueden ayudarte:
- Presenta tu propuesta como una formalización de la relación ya existente, no como un cambio radical.
- Explica los beneficios para ambas partes: mayor seguridad jurídica, relación más transparente y estable.
- Aporta información clara sobre el régimen TRADE, desmitificando confusiones con el falso autónomo.
- Negocia condiciones razonables de indemnización que no resulten disuasorias para el cliente.
- Considera la mediación de un asesor que pueda explicar técnicamente las implicaciones.
Caso real: Carlos, diseñador gráfico, dependía en un 80% de una agencia de publicidad. Tras cinco años de colaboración estable, propuso formalizar un contrato TRADE. Inicialmente, la agencia se mostró reacia por temor a «convertirlo en empleado». Carlos programó una reunión con su gestor y el responsable de la agencia donde explicaron claramente las diferencias entre TRADE y relación laboral. El resultado fue un contrato TRADE que establecía condiciones claras de colaboración, incluyendo plazos de entrega, tarifas acordadas y una indemnización por cese equivalente a 45 días por año trabajado.
Fiscalidad y tributación específica del autónomo TRADE
En términos fiscales, no existe un régimen especial para los TRADE. Sigues siendo un autónomo a efectos tributarios, pero hay algunas particularidades importantes:
Obligaciones fiscales del TRADE
Las obligaciones fiscales básicas incluyen:
- Declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) y resumen anual (modelo 390).
- Pagos fraccionados del IRPF trimestrales (modelo 130 o 131).
- Declaración anual de la Renta, incluyendo los rendimientos de actividades económicas.
- Declaración de operaciones con terceros (modelo 347) si superas los 3.005,06€ anuales con tu cliente principal.
Consideraciones especiales para la gestión financiera
La dependencia económica de un solo cliente requiere una gestión financiera más cuidadosa:
- Creación de un fondo de emergencia mayor: Al depender de un solo pagador, el riesgo aumenta. Lo ideal es mantener un colchón financiero de al menos 6-8 meses de gastos.
- Planificación de flujo de caja detallada: Acuerda calendarios de pago claros con tu cliente principal.
- Negociación de anticipos: Para proyectos de larga duración, considera incluir en el contrato pagos parciales.
- Diversificación gradual: Aunque mantengas la dependencia del 75% para conservar el estatus TRADE, busca otros clientes menores que puedan convertirse en alternativas a futuro.
Miguel Torres, asesor fiscal especializado, recomienda: «Los TRADE suelen enfrentarse a la tentación de no declarar todos sus ingresos de clientes secundarios para mantener el porcentaje de dependencia por encima del 75%. Esto es un grave error que puede acarrear sanciones tributarias importantes. Es mejor estructurar correctamente la relación con el cliente principal que arriesgarse a irregularidades fiscales».
Casos prácticos: Experiencias reales con el régimen TRADE
Las experiencias de otros autónomos pueden ofrecerte perspectivas valiosas sobre el funcionamiento real del régimen TRADE:
El caso de Elena: Traductora técnica especializada
Elena trabajaba como traductora técnica especializada en manuales de maquinaria industrial para una empresa multinacional. Esta relación le aportaba el 85% de sus ingresos anuales.
Tras tres años de colaboración, formalizó un contrato TRADE. Seis meses después, la empresa anunció que trasladaba sus operaciones a otro país. Gracias a su contrato TRADE, Elena recibió una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado, lo que le proporcionó un colchón financiero mientras reorientaba su cartera de clientes.
Lecciones clave:
- El contrato TRADE le proporcionó una protección que como autónoma tradicional no habría tenido.
- La indemnización acordada supuso un amortiguador esencial durante la transición.
- Elena descubrió que había desatendido el desarrollo de otros clientes potenciales, lo que dificultó su reposicionamiento posterior.
El caso de Alberto: Programador freelance
Alberto desarrollaba aplicaciones móviles principalmente para una startup tecnológica. Cuando su cliente principal le propuso aumentar significativamente su dedicación, Alberto solicitó formalizar un contrato TRADE.
La empresa se negó, alegando que prefería una «relación flexible». Eventualmente, le ofrecieron convertirse en empleado con un salario inferior a sus ingresos como autónomo. Alberto rechazó la oferta y continuó como autónomo regular, diversificando progresivamente su cartera de clientes.
Lecciones clave:
- La resistencia de algunos clientes a formalizar contratos TRADE es común, especialmente en sectores como el tecnológico.
- La falta de protección TRADE llevó a Alberto a adoptar una estrategia de diversificación acelerada como mecanismo defensivo.
- A largo plazo, esta situación le resultó beneficiosa al desarrollar una cartera de clientes más equilibrada.
Como observa Carmen Vidal, consultora de desarrollo profesional: «El régimen TRADE funciona mejor en sectores tradicionales con relaciones comerciales estables. En entornos más disruptivos como las startups tecnológicas, a menudo existe mayor resistencia a formalizar este tipo de contratos, lo que obliga a los profesionales a elegir entre aceptar la incertidumbre o diversificar agresivamente».
¿Cómo resolver conflictos como autónomo TRADE?
Una de las principales ventajas del régimen TRADE es el acceso a la jurisdicción social para resolver disputas, pero ¿cómo funciona este proceso en la práctica?
Vías de resolución ante problemas con el cliente principal
Cuando surgen conflictos, puedes recurrir a diferentes mecanismos:
- Negociación directa: Siempre es la primera opción. Documenta por escrito todos los intercambios.
- Mediación voluntaria: Un tercero neutral puede ayudar a encontrar soluciones sin llegar a procedimientos más formales.
- Procedimientos establecidos en Acuerdos de Interés Profesional: Si tu sector cuenta con estos acuerdos, pueden contemplar mecanismos específicos.
- Reclamación judicial en el Juzgado de lo Social: A diferencia de los autónomos tradicionales, que deben acudir a la jurisdicción civil o mercantil.
Situaciones habituales de conflicto y cómo abordarlas
Estos son los escenarios más frecuentes y las estrategias para manejarlos:
Impago o retraso en los pagos
Enfoque recomendado:
- Documenta todos los trabajos entregados y las fechas acordadas de pago.
- Realiza un requerimiento formal por escrito (preferiblemente burofax).
- Si persiste el impago, puedes interponer una reclamación de cantidad en el Juzgado de lo Social.
Extinción unilateral del contrato sin causa justificada
Enfoque recomendado:
- Solicita por escrito los motivos de la terminación.
- Comprueba si las causas alegadas están contempladas en el contrato como justificadas.
- Si no hay causa justificada, reclama la indemnización pactada.
- Si no se atiende tu reclamación, acude al Juzgado de lo Social.
Cambio sustancial en las condiciones pactadas
Enfoque recomendado:
- Solicita una reunión para aclarar los cambios y sus motivos.
- Propón alternativas razonables que satisfagan ambas partes.
- Si no hay acuerdo y los cambios son sustanciales, puedes considerar extinguido el contrato por causa justificada imputable al cliente, con derecho a indemnización.
Alfredo Gómez, abogado especializado en derecho laboral, advierte: «Muchos TRADE cometen el error de no documentar adecuadamente los incumplimientos del cliente. Sin pruebas escritas de entregas, comunicaciones o modificaciones unilaterales, se complica enormemente la defensa de sus derechos en un procedimiento judicial, incluso en la jurisdicción social».
Transformando tu carrera: Del autónomo vulnerable al TRADE empoderado
El camino hacia una mayor estabilidad como autónomo dependiente no termina con la firma de un contrato TRADE. Es apenas el comienzo de una transformación profesional que requiere una mentalidad estratégica.
Tu hoja de ruta para maximizar los beneficios del régimen TRADE
- Documenta meticulosamente tu situación actual: Antes de iniciar cualquier conversación sobre un contrato TRADE, recopila evidencias de tu nivel de dependencia económica, la naturaleza de tu relación con el cliente principal y el modo en que organizas tu trabajo.
- Desarrolla una propuesta de valor renovada: Tu cliente principal debe percibir que formalizar la relación como TRADE también tiene beneficios para ellos: mayor compromiso, transparencia en la relación y eliminación de riesgos de reclamaciones futuras por «falso autónomo».
- Crea un sistema de prevención de conflictos: Establece mecanismos de comunicación regular, revisiones periódicas del contrato y procedimientos claros para gestionar desacuerdos antes de que escalen.
- Construye un fondo de emergencia específico: Independientemente de la mayor protección que ofrece el régimen TRADE, mantén recursos financieros suficientes para afrontar una potencial ruptura de la relación comercial.
- Cultiva el 25% restante estratégicamente: Aunque sigas dependiendo principalmente de un cliente, utiliza ese margen del 25% no solo para generar ingresos adicionales, sino para cultivar relaciones que podrían convertirse en alternativas viables si fuera necesario.
El régimen TRADE no es simplemente un estatus legal; representa una oportunidad para reequilibrar una relación comercial asimétrica. Como observa Lucía Fernández, asesora de carrera para profesionales independientes: «Los autónomos que aprovechan mejor el régimen TRADE son aquellos que lo ven no como una protección pasiva sino como una plataforma para una colaboración más profunda y equilibrada con su cliente principal».
¿Estás preparado para dar el paso del autónomo vulnerable al TRADE empoderado? La decisión no solo afectará tu situación legal, sino que puede transformar fundamentalmente tu trayectoria profesional y tu bienestar económico.
Y recuerda: en un mercado laboral cada vez más fragmentado, encontrar el equilibrio adecuado entre independencia y protección no es solo una cuestión legal, sino una decisión estratégica para construir una carrera sostenible a largo plazo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ser TRADE de más de un cliente?
No, la figura del TRADE está diseñada específicamente para aquellos autónomos que dependen económicamente de un único cliente principal. Por definición, necesitas obtener al menos el 75% de tus ingresos de ese cliente para calificar como TRADE. Puedes tener otros clientes secundarios (de hecho, es recomendable para diversificar riesgos), pero estos no pueden superar el 25% de tus ingresos totales. Si tienes dos clientes importantes, por ejemplo, uno que aporta el 60% y otro el 30% de tus ingresos, no podrías acogerte al régimen TRADE.
Si mi cliente se niega a firmar un contrato TRADE, ¿puedo exigirlo legalmente?
No puedes obligar legalmente a un cliente a firmar un contrato TRADE, incluso si cumples todos los requisitos para ello. El contrato TRADE requiere la voluntad de ambas partes. Sin embargo, si puedes demostrar que cumples todos los requisitos materiales para ser considerado TRADE y has comunicado formalmente esta situación a tu cliente (idealmente mediante burofax o medio fehaciente), algunas sentencias han reconocido ciertos derechos propios del TRADE aunque no exista contrato formal. Esto es especialmente relevante en casos donde se pueda demostrar que el cliente evitó deliberadamente la formalización para eludir obligaciones. No obstante, sin contrato TRADE registrado, tu protección será siempre más limitada e incierta.
¿El régimen TRADE me protege contra ser considerado falso autónomo?
El régimen TRADE no te protege automáticamente contra una posible reclamación por falso autónomo. Son dos conceptos jurídicos diferentes. El TRADE presupone que existe una verdadera autonomía organizativa (decides cómo, cuándo y dónde trabajas), aunque haya dependencia económica. Si en la práctica trabajas bajo horarios impuestos, en las instalaciones del cliente, con sus medios materiales y siguiendo órdenes directas, podrías ser considerado falso autónomo aunque tengas un contrato TRADE. De hecho, en inspecciones de trabajo, un contrato TRADE mal aplicado podría servir como evidencia adicional de intento de enmascarar una relación laboral. La clave está en que la realidad de la relación coincida con lo establecido en el contrato TRADE y respete la autonomía organizativa que caracteriza al trabajo por cuenta propia.